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El paro registrado en el INEM descendió en Marzo en 58.000 trabajadores.
La influencia de las vacaciones de Semana Santa en el sector turístico y en todas las actividades en las que influye, impulsó la creación de 138.086 empleos en marzo. Este crecimiento del empleo es muy superior al descenso del desempleo en los Servicios Públicos de Empleo, que ascendió a 58.216 personas. Esto se debe a varias razones: la primera es que mucha gente se incorpora al puesto de trabajo en temporada para obtener un empleo temporal. En segundo lugar, la diferencia entre el crecimiento de la ocupación en la seguridad social y el descenso de empleo se debe a la floración de empleo sumergido, muy frecuente en épocas de crecimiento y al calor de las subvenciones de cotizaciones sociales puestas en marcha por el Gobierno. La brecha en el déficit empaña la credibilidad de España en el exterior. El incumplimiento del objetivo del déficit presupuestario, que el año 2015 alcanzó un 5% del PIB frente al 4,2 estimado, pone de manifiesto cómo “las vulnerabilidades de la economía española siguen presentes con un importante ajuste fiscal todavía pendiente, un apalancamiento externo considerable y la incertidumbre sobre el gobierno en el país”, asegura un Informe del Bank of America Merrill Lynch. El incumplimiento del 2015 hace virtualmente imposible alcanzar el objetivo del 2016 del 2,8% por lo que habrá que negociar un nuevo objetivo. Esto no será fácil, ya que supone más austeridad, ahora que el bloqueo político dificulta aún más la situación. Sin materializarse las reformas y ajustes necesarios, estiman que el déficit se situará en el año 2016 en el 4,4%. |
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El día 6 de abril de 2016 ha dado comienzo la campaña de Renta 2015. Hasta el 30 de junio podrá presentarse la declaración teniendo como una de sus principales novedades los múltiples cambios que se han producido como consecuencia de la Reforma Fiscal llevada a cabo en 2014 y que se aplica por primera vez en 2015.
Las sanciones deberán estar motivadas. No más fórmulas generalizadas. El Tribunal Económico Administrativo Central en una Resolución del 18 de febrero de 2016 establece que no puede admitirse que sea una motivación suficiente para la imposición de sanciones el empleo por Hacienda de una fórmula generalizada y estereotipada como por ejemplo “analizadas las circunstancias concurrentes, la conducta del obligado tributario ha sido negligente sin que se aprecie ninguna causa de exoneración de responsabilidad”. Deducibilidad de los intereses de demora. A través de una nota aclaratoria de la AEAT publicada en su página web y una Resolución de la DGT publicada en el BOE el 6 de abril de 2016 se ha zanjado la polémica sobre la deducibilidad de los intereses de demora que existía entre la AEAT, la DGT y el TEAC. |
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